Edición del Domingo, 05-Feb-12

  • Antonio Guerra
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Despilfarro del dinero público

Creo que la obligación de todo gobernante es defender los intereses de su país y de sus compatriotas antes que los intereses e incluso necesidades que tengan los naturales de otros países. Y el principal quehacer de todo gestor público que administre dinero y bienes del Estado es utilizarlos con solvencia, austeridad, honradez y buena gestión, de forma parecida a como en su hogar lo hacen un buen padre y una buena madre de familia respecto de sus hijos; es decir, atendiendo, antes que nada, a proporcionar a los suyos los bienes necesarios para sacar adelante su familia.
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Advocaciones de la Virgen de África

Creo que el pueblo cristiano ceutí es el ejemplo más elocuente y vivo de la gran fe, de la profunda devoción y de los fervorosos sentimientos que aquí se tienen hacia la Virgen de África, que eso se ve con sólo saber los títulos con los que en Ceuta se le nombra: Patrona, Madre, Protectora, Gobernadora, Alcaldesa Perpetua de Ceuta, Nuestra Sra. de África, Santísima Virgen de África, etc. Y es que, a la imagen de Nuestra. Sra. de África, como todos los ceutíes saben y también los que sin serlo llevamos ya en Ceuta hasta más de 25 años, incluso se le rinden los máximos honores militares de Capitán General de los Ejércitos; pero no sólo por simple vía tradicional o por graciosa concesión de la ciudad– que también concurren en su caso tales méritos y circunstancias por tratarse en Ceuta de una antiquísima tradición y así quererlo el pueblo -, sino, además, en virtud de una normativa que está debidamente promulgada.
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El SVA contra el fraude fiscal

En la referencia de lo tratado en el primer Consejo de Ministros celebrado por el nuevo Gobierno, la Vicepresidenta y Portavoz del mismo, se ha referido a la necesidad de potenciar la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida, a fin de poder recaudar en 2012 unos 8.171 millones de euros mediante un Plan de Prevención del Fraude Fiscal que se pretende dirigir en tres ámbitos: 1º.- Intensificación en la lucha contra los incumplimientos tributarios. 2º.- La mejora de control en la fase recaudatoria. 3º.- Colaboración de la Agencia Tributaria con los Organismos fiscales de las Comunidades Autónomas y la Seguridad Social. Y los medios declarados con los que se persigue alcanzar tales objetivos consiste en potenciar la colaboración del Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA) y centrar las actuaciones en la lucha contra la economía sumergida, el uso del dinero negro en materia de pagos, así como limitar el abono en efectivo en determinadas transacciones económicas para que aflore el dinero negro que se mueve subrepticiamente en las transacciones económicas.
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Desacato a los tribunales en Cataluña

La educación de las personas, desde la niñez, es un derecho fundamental reconocido tanto en nuestra Constitución Española (CE) como en los textos de Derecho Internacional. Así, en el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el 7 de la Declaración Universal de los Derechos del Niño, se declara que los padres tienen el derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a los hijos. Y, respecto a la enseñanza del idioma español y los  dialectos que existen en nuestro país, nuestra CE dispone en su artículo 3: “1. El castellano es la lengua española oficial del Estado.
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Como fue transportado el oro de España hasta Rusia

En el artículo del lunes pasado refería la forma como fue organizado en 1936 el saqueo del oro de España para llevárselo a Rusia. El relato de los hechos fue revelado y documentado por el general de los servicios rusos al que el Krenlim había comisionado para organizar el traslado subrepticio del oro desde Cartagena hasta Moscú. Y en este artículo de hoy me voy a ocupar de cómo se llevó a cabo el transporte a la capital moscovita del 72, 6  % de las reservas de oro que entonces tenía nuestro país, habiendo sido llevado el oro restante a París en otra operación independiente a la que ahora nos ocupa.
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El oro de España que nos fue robado

Creo que la inmensa mayoría de los españoles ha oído alguna vez de hablar, bien a nuestros antepasados o a algún coetáneo, del oro de España que nos fue robado y expoliado por Rusia a los españoles en el curso de nuestra guerra civil 1936-1939
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Independencia de los Tribunales Económicos-Administrativos

Con este artículo finalizo la serie que en tres lunes sucesivos he venido dedicando a los Tribunales Económico-Administrativos  (TEA), con el propósito de dar a conocer los importantes servicios y la eficiente labor que en silencio vienen desarrollando estos órganos y sus funcionarios desde hace ya 130 años, pese a que todavía en muchos casos sea desconocida. Y hoy me voy a ocupar de su “independencia”; porque, a veces, ha surgido cierta polémica doctrinal entre algunos juristas, sobre todo, especialistas en Derecho Financiero y Tributario - que creo que está ya en buena parte superada - sobre si dichos Tribunales son o no plenamente independientes en el ejercicio de sus funciones revisoras de los actos de gestión, inspección, recaudación y otros conexos que previamente llevan a cabo los órganos de la Administración tributaria; cuya duda racional les surge, más bien, por el hecho de que los TEA están orgánicamente integrados en el Ministerio de Economía y Hacienda, aunque gozan de independencia “funcional” en el ejercicio de sus competencias.
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El Tribunal Económico-Administrativo Central

Vimos en el artículo del lunes pasado la configuración de los Tribunales Económico-Administrativos (TEA), las funciones que realizan y las ventajas que conlleva su  utilización. Y en éste voy a exponer los orígenes más remotos de la vía económico-administrativa y, como documento histórico, el Acta de constitución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), habida cuenta de que esta instancia revisora de los asuntos tributarios cuenta con una tradición de hondo raigambre, que se remonta, en lo que podríamos llamar “época de la justicia real”, a cerca de 500 años atrás, y en la época moderna, o de la “justicia económico-administrativa”, el sistema se configuró hace ya 130 años. Así, pues, el valor histórico de esta instancia creo que resulta indubitado, motivo por el que se trae a colación.
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La justicia económico-administrativa

Hoy voy a ocuparme de un tema profesional, pese a estar ya jubilado, al que he dedicado los últimos 12 años de mi vida profesional, como Presidente de los Tribunales Económico-Administrativos de Ceuta y Melilla, en el primero como titular y, en el segundo, “en funciones” durante el mismo tiempo, y que han sido los años más felices de los 51 dedicados a la Administración, en el Ministerio de Economía y Hacienda. Y es que creo que se trata de un asunto que es todavía bastante desconocido por muchas personas en nuestro país - excepto por los profesionales del Derecho - como es el de la “justicia económico-administrativa”.
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Inventarse la historia: la nueva farsa de Amaiur

Llama la atención el empeño y el afán desmedido de alguna Comunidades Autónomas (CCAA) de inventarse la historia con tal de hacernos ver que en la antigüedad sus territorios estuvieron constituidos en un “Estado” y que por eso hoy están legitimadas para reivindicar que sean reconocidos como “nación” independiente, como pretexto tantas veces esgrimido para arrogarse un falso derecho que nunca han tenido, ni ahora tienen, a la libre autodeterminación o a un secesionismo manipulado que se inventan, pero que nadie sabe de dónde les viene. O dicho de otro modo, falsean la historia y se inventan las naciones según sus dirigentes nacionalistas sueñan y después hasta ellos mismos terminan creyéndose sus propias y mentiras y falsedades.
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Desarrollo del cristianismo en el Norte de África

En el artículo del lunes pasado veíamos cómo la presencia española y del cristianismo en el Norte de África precedieron a los árabes y al islamismo en casi siete siglos. Y hoy me voy a ocupar, más bien, del desarrollo que los cristianos experimentaron durante tan dilatado período en la zona. Y, en tal sentido, cuando Ceuta, con Tánger y sus territorios, pasaron al dominio de los godos, no hubo en ella más culto que el católico. La ley de Recaredo, en orden a la unidad católica, aun bajo el punto de vista político y civil, fue siempre una norma inviolable, y aplicada con más o menos rigor hasta D. Rodrigo en toda la monarquía visigoda; donde quiera que se dieran casos de idolatría, eran perseguidos. Y se regía entonces la provincia Tingitana por el Obispo de Asidonia (actual Medina Sidonia),  que con posterioridad fue trasladada la sede episcopal a Cádiz.
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